La persona virtual

Aunque el concepto de «persona virtual» no aparezca formulado en los 5 artículos básicos, va a ser unas de las características esenciales del grupo.

Lo que llamamos una “persona virtual” no es otra cosa que un grupo de 12 personas que realizan una misma tarea de manera secuencial en el tiempo. En concreto, cada una de las personas que forman la «persona virtual» trabaja dos horas seguidas a la semana, de manera que las 12 personas trabajan, en total, 20 horas semanales (4 horas diarias cada día laborable). Una persona virtual trabaja, por lo tanto, 4 horas al día durante los 5 días laborables que tiene la semana en el trabajo que tiene asignado.

Pongamos un ejemplo para entenderlo bien. Supongamos que se quiere contratar a 5 especialistas para dar una conferencia sobre un tema concreto, y supongamos que le asignamos el trabajo, no a una persona física, sino a una «persona virtual». En tal caso, el trabajo de ponerse en contacto con los oradores y acordar los términos de la conferencia, será llevado a cabo de manera secuencial por las doce personas que forman la “persona virtual”. En otras formas de organización, este trabajo se le encargaría a una única persona, pero, en el caso de nuestro grupo, lo que vamos a hacer es encargar el trabajo a una “persona virtual” que reparte su jornada laboral semanal entre las doce 12 personas físicas que la forman.

Por ejemplo, un cargo electo cualquiera elegido en las urnas podría no ser una persona física, sino una «persona virtual» (un grupo de 12 personas que tendrían que coordinarse para tomar las decisiones que exige su cargo de manera secuencial). Por ello, y para facilitar la coordinación, 1 semana de cada 4 semanas (es decir, cada mes aproximadamente), el grupo se reunirá físicamente en algún lugar para hablar durante 2 horas. Lo que se busca es que las 12 personas que forman una «persona virtual» se conozcan físicamente, socialicen dentro de lo posible y establezca lazos afectivos directos.

Por supuesto, la cadena de mando de la organización sería la que se corresponde con una de tipo piramidal, eligiendo por sufragio universal a las «personas virtuales» que dirigirán el grupo y, si las hubiera, a las personas físicas. Debe de quedar claro que los votantes son siempre personas físicas, mientras que los elegidos para dirigir el grupo pueden ser “personas virtuales” o personas físicas, según se establezca en el desarrollo del articulado organizativo.

Derecho a Decidir

"Cualquier ser humano tiene derecho a decidir, junto a los demás seres humanos, en que mundo quiere vivir y en que mundo quiere educar a sus hijos"
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